CAMPAÑA DE NAVIDAD LORA DEL RÍO 2025
Primera. – ENTIDAD ORGANIZADORA. La Asociación de Empresarios y Comerciantes de Lora del Río (AECLO), con NIF G91559203, dentro de la Campaña de Navidad 2025, promovida y financiada por la concejalía de Comercio del Ayuntamiento de Lora del Río, convoca el sorteo “TU COMPRA X 10”, en el que se premiará al consumidor local multiplicando por diez el importe de compra del ticket o tickets agraciados, hasta agotar una bolsa máxima de 11.500€
Segunda. – OBJETIVO. El sorteo pretende dinamizar el comercio de Lora del Río, atrayendo visitantes de la comarca y fidelizando el consumo local.
Tercera. – FECHA. El periodo de vigencia de esta iniciativa comprende desde el día 1 de diciembre de 2025 hasta el día 6 de enero de 2026, ambas fechas inclusive.
Cuarta. – NORMAS DE PARTICIPACIÓN.
1.- Podrán participar en el sorteo todas las personas mayores de edad que compren, dentro de las fechas indicadas, en los establecimientos adscritos a la Campaña de Navidad, que estarán identificados con el cartel anunciador de la iniciativa y que se harán públicos en redes sociales y medios de comunicación. Serán considerados no válidos los tickets agraciados que tengan fecha fuera del periodo que comprende la campaña.
2.- El establecimiento adherido a la campaña entregará a su cliente un duplicado del ticket de compra, sin límite ninguno de importe. El cliente indicará en el reverso del ticket su nombre de pila, un teléfono de contacto y el código postal de la población en que reside, y lo introducirá en un receptáculo que tendrá el comercio a su disposición para tal fin.
Quinta. – PREMIOS.
Se ganará diez veces el importe de la compra agraciada, premiando tantos tiques como sean necesarios hasta cubrir el montante total destinado a ello (11.500€).
Sexta. – SORTEO.
1.- Habrá un único sorteo, previsto para el día 9 de enero de 2026, que se celebrará en lugar público. Tanto la confirmación de la fecha como la hora y el lugar, dependiendo de las incidencias meteorológicas, son potestad de la Organización, y serán comunicados a su debido tiempo a través de los propios comercios, los medios locales de comunicación y las redes sociales.
2.- Consistirá en la extracción de tickets sucesivos, comprobando que se hallen correctamente cumplimentados tal y como se estipula en estas bases, hasta agotar la partida de 11.500€ indicada en el apartado primero, dejando constancia pública y levantando acta de dichos documentos agraciados.
Séptima. – ENTREGA DE PREMIOS. El importe obtenido deberá ser empleado en futuras compras dentro de cualquiera de los establecimientos adscritos a la campaña, a través de la aplicación informática habilitada para tal fin por la Organización, sin límite ninguno, y podrán hacerse efectivas a partir del día del mes de enero de 2025 que determine la Organización, y en plazo de 2 meses a partir de dicho día. La Organización se pondrá en contacto con todas y cada una de las personas agraciadas para informarles del premio obtenido y del subsiguiente acto de entrega de premios. De cualquier forma, los premiados podrán contactar con AECLO en el correo aeclo@aeclo.es o a través del teléfono 615 827 466.
Octava. – DATOS PERSONALES Y DERECHOS DE IMAGEN. Las personas agraciadas consienten expresamente en la utilización pública por parte de AECLO de sus nombres e imagen.
Novena. – EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD. AECLO se reserva el derecho a interrumpir en cualquier momento el acceso o continuidad de la presente campaña, ya sea con carácter temporal o de forma definitiva, por motivos de seguridad, fuerza mayor o cualquiera otra causa justificada que así lo aconseje, sin que por ello pueda derivarse responsabilidad ninguna, ni derecho para los participantes a percibir cualquier tipo de indemnización.
Décima. – ACEPTACIÓN DE LAS BASES. La mera participación en el sorteo supone la aceptación de las presentes bases.